Solicitud para filmaciones y fotos en la Fundació Joan Miró
La Fundació Joan Miró es un centro de estudios de arte contemporáneo dedicado al estudio y la divulgación de la obra de Joan Miró y otros artistas de los siglos xx y xxi. Por la singularidad del edificio, obra del arquitecto Josep Lluís Sert, por su entorno, y por la riqueza de su colección, la Fundación es un espacio inspirador y fotogénico para realizar filmaciones y sesiones de fotografía con distintas finalidades.
Condiciones generales para la utilización de espacios en la Fundació Joan Miró
1. Solicitudes
El permiso para utilizar los espacios de la Fundació Joan Miró con fines comerciales o publicitarios (catálogos, reportajes, calendarios, folletos, guías...) debe solicitarse con una antelación mínima de 2 semanas.
En ningún caso se entenderá que el permiso se extiende a la utilización de la obra de Joan Miró. Para fotografiar o filmar obras de Joan Miró deberá solicitarse autorización previa a la Successió Miró C.B., que es quien controla los derechos de imagen del artista (Paula Pinya, tel. 971 723 500, [email protected]).
Para peticiones de prensa contactar con press(ELIMINAR)@fmirobcn.org
2. Utilización de luz artificial
En ningún caso se podrá filmar o hacer fotografías en zonas próximas a las pinturas y obra sobre papel de Joan Miró con una exposición lumínica superior a 200 lux.
3. Cánones de filmación
Todas las filmaciones y fotografías realizadas en los espacios de la Fundació Joan Miró quedarán sujetas a los siguientes cánones:
1 localización |
3.000 € |
2 localizaciones |
5.000 € |
3 localizaciones |
6.000 € |
a partir de 4 localizaciones |
8.000 € |
mantenimiento y seguridad extras según horario |
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IVA 21% |
Estos cánones deberán hacerse efectivos junto con los gastos que puedan ocasionarse por razones de seguridad u otras, y que serán determinados por la propia Fundación.
El pago de los cánones y gastos se efectuará con antelación a la utilización de los espacios.
4. Autorización
La autorización definitiva de la petición depende en último término de la Fundación y estará sujeta, por un lado, a las características de la solicitud, y por otro, a la aceptación de estas condiciones por parte del solicitante.
Esta autorización será válida solamente para la campaña que se especifique en cada caso y siempre que el solicitante haga constar en la misma la aceptación expresa de las condiciones a las que se somete.